Diferencias entre SA y SL


En lo que se refiere a empresas y organizaciones, no es lo mismo una Sociedad Anónima (S.A.) que una Sociedad Limitada (S.L.) Son muchas las personas que se preguntan en que se distinguen o bine que no saben las cuáles son exactamente sus diferencias.

Tanto si quieres conoces por curiosidad sus diferencias o si estas planteando montar una empresa o no sabes que opción escoger. En este artículo te explicamos sus principales diferencias.

¿SA o SL, qué es mejor?

Características de las Empresas Sociedad anónima (S.A)

La Sociedad Anónima es un tipo de sociedad mercantil dirigida principalmente para las grandes empresas y organizaciones que disponen de varios accionistas. Las características principales de una SA son:

  • Capital mínimo: 60.000€
  • Desembolso: Mínimo del 25% y la prima de emisión si la hubiera.
  • Acciones/participaciones/obligaciones: Capital dividido en acciones (valores mobiliarios). Se pueden emitir obligaciones.
  • Transmisión de acciones o participaciones: Libre transmisibilidad, salvo estatutos. La forma de transmitir depende de su representación (anotaciones en cuenta, títulos) y de su naturaleza (nominativas al portador).
  • Modificación de estatutos: Requiere informe del órgano de administración o de los accionistas que proponen la modificación.
  • Aportaciones no dinerarias: Requiere informe de experto independiente, salvo acciones cotizadas o informe previo.
  • Convocatoria de junta general: Anuncio en página Web o BORME y en un diario de gran circulación de la provincia del domicilio de la sociedad.
  • Quórum de asistencia a la junta general y mayoría: Se establecen diferentes quórums y mayorías en función de que se trate de primera o segunda convocatoria. Éstos podrán ser elevados por los estatutos.
  • Derecho de asistencia: Se pueden establecer restricciones (Número mínimo de acciones).
  • Órgano de administración: Los estatutos deben fijar un órgano concreto (Consejo de administración, administrador uno).
  • Miembros del consejo de administración: Mínimo 3. No hay límite máximo.
  • Duración del cargo de administrador: Máximo 6 años. Reelegible por periodos de igual duración máxima.

Características de las Empresas Sociedad Limitada (S.L)


La SL o Sociedad Limitada es el tipo de sociedad mercantil más común y utilizada por los autónomos y PYMES en España. Este tipo de sociedades están dirigida para pequeñas y medianas empresas. Como por ejemplo las empresas familiares o unipersonales. A continuación detallamos sus principales características para que puedas compararlas con la SA.

  • Capital mínimo: 3.000€
  • Desembolso: En su totalidad.
  • Acciones/participaciones/obligaciones: Capital dividido en participaciones (no solo valores mobiliarios). No se pueden emitir obligaciones.
  • Transmisión de acciones o participaciones: La transmisibilidad está sujeta a restricciones. La transmisión debe constar en documento público.
  • Modificación de estatutos: No requiere informe.
  • Aportaciones no dinerarias: No requiere informe. Los socios tienen la responsabilidad de las aportaciones con su patrimonio personal.
  • Convocatoria de junta general: Rigen los estatutos sociales (válida convocatoria por carta). En su defecto igual que en la S.A.
  • Quórum de asistencia a la junta general y mayoría: Se establecen distintas mayorías según el contenido de los acuerdos, que podrán ser elevados por los estatutos.
  • Derecho de asistencia: No se puede restringir este derecho.
  • Órgano de administración: Los estatutos pueden dejar abierto el tipo de órgano de administración de entre los previstos legalmente, y es la junta la que decide.
  • Miembros del consejo de administración: Mínimo 3. Con un máximo de 12 miembros.
  • Duración del cargo de administrador: Indefinido, salvo estatutos.

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